viernes, 20 de febrero de 2015

En comisaría, elige no declarar. Es un derecho.


En caso de que las Policía nos detenga, la Ley nos da derecho a no declarar y callarnos. A guardar silencio o no contestar a alguna pregunta. ESO MISMO ES LO QUE DEBES HACER.

¿Por qué te aconsejamos eso? Porque ese momento puede ser decisivo para tu suerte. Así, con independencia de que hayas hecho algo o no, lo cierto es que cuando la Policía te detenga y vaya a tomarte declaración, ni puedes hablar con tu abogado, ni tu abogado ha podido ver tu expediente para ver que ha pasado y así aconsejarte la mejor estrategia.

Si declaras y das tu interpretación de los hechos sin valorarlo con tu abogado, luego será muy complicado reconducir esa situación en tu beneficio.

Desde Casasempere abogados te aconsejamos que por muy inocente que seas, y por mucho que confíes en tu versión, guardatela para cuando puedas hablar con tu abogado, y no declares en la Policía. Guarda silencio. Hablar en ese momento, en la mayoría de los casos, te puede salir caro.


martes, 17 de febrero de 2015

La devolución de tu Declaración de la Renta con intereses.



Es indignante que a día de hoy Hacienda aún no te haya pagado la devolución de tu Declaración de la Renta que hiciste el año pasado. Por ello, te recomendamos primero que te informes de cuál ha sido el motivo. Lo más probable es que tu devolución no haya sido tramitada aún.

Pues bien, debes tener en cuenta que, siempre que la tardanza no se deba a ti, tienes derecho a cobrar unos intereses de demora. Esos intereses a pagarte por Hacienda irán desde el 1 de enero hasta el momento en que se ordene tu devolución.

Te debería llegar una notificación informativa de Hacienda respecto de los intereses que cobrarás. En cualquier caso, puedes hacer una reclamación por escrito acudiendo en persona a las oficinas de Hacienda o hacerlo a través de la Sede electrónica de la página web de Hacienda (www.agenciatributaria.es) para lo que necesitarás un certificado electrónico de firma digital, pudiendo valer tu DNI si es nuevo.

Si tienes alguna duda al respecto puedes contactar con nosotros. En Casasempere abogados estamos siempre dispuestos a ayudarte.

sábado, 14 de febrero de 2015

La multas que no te deben cobrar




¿Te ha pasado alguna vez pagar con prisas una multa sin ni siquiera mirar si en la misma consta el lugar exacto en el que has cometido la infracción? En la era de la vida rápida nos ocurre que, muchas veces, actuamos casi automáticamente: suena el despertador y salto de la cama, cojo el coche para hacer esto o lo otro, llamadas, whatsapps, tengo un correo electrónico, lo leo rápidamente y lo etiqueto en una de mis carpetas... me llega una multa e intento pagarla lo más rápido posible para que se me reduzca la sanción en un 50%

En general, ante esta última situación no nos paramos a leer detenidamente la multa para verificar el punto exacto en el que hemos cometido la infracción. Sin embargo, deberíamos saber que en aquellas multas en las que no se determina el lugar exacto del exceso de velocidad, se nos está restringiendo el derecho de defensa, ya que es crucial saber el punto justo para reconocer el límite de velocidad que existe en él y así poder alegar.

martes, 10 de febrero de 2015

Embarazada, la Ley te protege SÍ O SÍ




Muchas mujeres desconocen lo protegidas que se encuentran en el ámbito laboral en caso de estar embarazadas. Pues bien, siempre es bueno saber que gracias al artículo 55 del Estatuto de los Trabajadores (y a lo que dicen los Tribunales sobre este artículo) si una mujer se encuentra embarazada y la empresa para la que trabaja decide despedirla de su puesto, ese despido será considerado nulo de pleno derecho por los Tribunales, y tendrá la obligación de reintegrarla a su puesto de trabajo y pagarle los salarios que no haya percibido desde la fecha del despido hasta la readmisión.

miércoles, 4 de febrero de 2015

Compradores de casas: con la Administración hemos topado

Últimamente están llegando a nuestro despacho muchos clientes indignados con la Conselleria. Con la Administración. Todos ellos tienen una cosa en común: son recientes compradores de pisos a particulares. Y a todos la Conselleria les ha enviado, meses después de comprar la casa, una carta mediante la cual les reclaman una nueva e importante cantidad de dinero por los impuestos de la compra de la vivienda, impuestos que ya se pagaron en su día. 

Todos llegan con el convencimiento inicial de que ha podido ser un error de la Administración, convencimiento que se transforma en sorpresa cuando les explicas lo que ha pasado: la Administración ha entendido que la vivienda vale más que el precio por el cual se ha comprado, y por lo tanto, pide más dinero por impuestos.

Esa sorpresa acaba en rabia cuando más detenidamente les comentas que Conselleria con independencia del precio que se pacte y pague, les obliga a liquidar el impuesto de transmisiones patrimoniales por un valor que ellos obtienen de multiplicar el valor catastral de la vivienda (que aparece en el IBI) por un coeficiente que varía dependiendo de la ciudad en que se encuentra la vivienda.